Despacho favorable para aumento de número de concejales y Código de Nocturnidad

Concejo Deliberante

La comisión de Legislación del Concejo Deliberante de Corrientes dio despacho favorable a los proyectos de ordenanza que plantean el aumento del número de concejales de 15 que son en la actualidad a 17 a partir del año 2011; y al expediente que propone la creación de un Código de Nocturnidad para regular las actividades de locales bailables y el expendio de bebidas alcohólicas entre otras cosas. Ambos proyectos serán tratados en la sesión de este jueves donde se espera su aprobación definitiva.

Para aumentar el número de concejales se prevé la reglamentación del artículo 16 de la Carta Orgánica para que el HCD se integre por 17 concejales a partir de 2011, agregándose dos a los actuales 15.
El expediente se fundamenta en los resultados del Censo Nacional de Población, Hogares y Viviendas realizados en el 2001 y los provisorios del hecho en octubre del año pasado, que dan como resultado una población de 356.324 habitantes en la ciudad de Corrientes.
El artículo 16 de la Carta Orgánica establece que el número de concejales se debe aumentar en relación a uno por cada 18 mil habitantes que excedan los 270 mil. Por ello se solicita dar cumplimiento a lo establecido y reglamentar el artículo 16 integrando el HCD con 17 concejales a partir del 2011.
Por otro lado, el Código de Nocturnidad plantea la creación de un “Registro Municipal para la Venta de Bebidas Alcohólicas”, que tendrá como objetivo inscribir a los comercios que pretendan la distribución de bebidas alcohólicas.
También se pretende crear un registro de personal de seguridad para que los encargados de esa área en los locales bailables tengan una capacitación acorde con la tarea de suma importancia que deben cumplir.
El proyecto también dispone a las seis horas como el horario de cierre de las actividades en los locales nocturnos y a las cinco horas la finalización de venta y/o expendio, suministro, donación o entrega de bebidas alcohólicas, como así también el encendido de todas las luces del comercio. Los límites de cierre y de venta regirán para los establecimientos bailables, afines y espectáculos.
El código de nocturnidad prohíbe la venta, consumo, expendio, suministro, donación o entrega, en envases cerrados o abiertos de bebidas alcohólicas entre 23:00 a las 8 horas, a todos los comercios de la Ciudad de Corrientes que no se hallen contemplados por esta norma.
El proyecto fue presentado por el bloque de Correntinos por el Cambio y pretende crear un marco jurídico en donde poder ajustar a derecho las actividades de este tipo de comercios, en los que “inciden no sólo variables de índole económica, sino principalmente factores relacionados con la convivencia, la seguridad, la salud y en consecuencia la vida de las personas”, argumentó el concejal Agustín Payes.

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